Nacional - Seguridad y Justicia

La Corte de México se apresta a votar proyecto que amplía derecho de réplica

2016-10-31

Fuentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijeron a Efe que el pleno del...

 

México, 31 oct (EFE).- La Suprema Corte de México se dispone a votar un polémico proyecto de resolución que amplía el derecho de réplica, estipulando la capacidad de toda persona de exigir la publicación de aclaraciones cuando los medios de comunicación emitan información que le cause agravio, aunque sea cierta.

Fuentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijeron a Efe que el pleno del máximo tribunal, integrado por 11 miembros, comenzará a analizar el lunes 7 de noviembre el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán.

El proyecto se refiere a las acciones de inconstitucionalidad promovidas en diciembre de 2015 por dos partidos políticos y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra diversas porciones de la ley reglamentaria del artículo sexto constitucional en materia de derecho de réplica, aprobada en noviembre de ese año.

Los izquierdistas Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena) señalan que dichas disposiciones limitan el derecho de réplica a la información falsa o inexacta, excluyendo información que, aunque sea cierta, "resulte agraviante por referirse a cualidades específicas de la persona o a su intimidad, o por emplear palabras degradantes u ofensivas".

Alegan que debe entenderse como agraviante la propagación a través de los medios de comunicación de un hecho, cierto o falso, que implique ofensa a la fama u honor de una persona o que le perjudique en sus intereses o derechos.

Asimismo, consideran que las normas impugnadas, al impedir que los partidos políticos, precandidatos y candidatos ejerzan su derecho de réplica respecto de información agraviante emitida en su perjuicio en los medios de comunicación, restringen ese derecho e incluso contravienen el derecho fundamental de seguridad jurídica.

Por su parte, la CNDH señala que dicha ley define a los sujetos obligados a garantizar el derecho de réplica son las agencias de noticias, medios de comunicación y productores independientes, así como "cualquier otro emisor de información responsable del contenido original", sin precisar quiénes tendrán ese carácter.

A su juicio, esto genera incertidumbre jurídica, pues podría considerarse que cualquier persona que difunda información por cualquier medio -incluyendo espacios personales o redes sociales- está obligada a garantizar el derecho de réplica.

Ello a su vez se traduce en una restricción indirecta a la libertad de expresión ya que, ante la posibilidad de ser sujetos a un procedimientos judicial y eventualmente sancionados, los ciudadanos se verán desalentados a emitir opiniones o difundir información.

Aunado a lo anterior, la CNDH precisa que al no definirse lo que debe entenderse por "cualquier otro emisor de información" se deja en estado de indefensión a las personas que deseen ejercer su derecho de réplica, al no tener certeza de ante quién deben acudir a presentar su solicitud.

Al respecto, el proyecto de resolución del ministro Pérez Dayán declara "procedente y parcialmente fundada" la acción de inconstitucionalidad, a la vez que declara la invalidez de los artículos relativos a la "información falsa o inexacta" y a "cualquier otro emisor de información".

La organización civil Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) expresó hoy respaldo al proyecto del ministro al considerar que "toda libertad debe estar acompañada de obligaciones y de límites, que son los derechos de terceros, uno de los cuales es la custodia del honor y dignidad de las personas".

Frente a diversos medios que han argumentado que la SCJN prepara un golpe a la libertad de expresión al ampliar la posibilidad de impugnar informaciones, la Amedi resaltó en un boletín que en caso de que los medios de comunicación nieguen el derecho de réplica, el diferendo se resolverá en los tribunales.

"Independientemente de la solicitud de derecho de réplica y su procedencia, los medios de comunicación podrán seguir informando, hablando u opinando del tema que desató la polémica con datos e investigación adicionales, antes, durante y después de la resolución del juez", acotó.



JMRS