Del Dicho al Hecho

El derecho a conocer la verdad y las personas desaparecidas por el sismo

2017-09-25

Al respecto, merece la pena traer a colación la práctica de la Organización de...

 Isabel Anayanssi Orizaga Inzunza / APRO


Un día normal al menos en sus primeras horas, con el único detalle de la rememoración anual de un jueves negro que también fue 19 de septiembre, hace ya 32 años. A ello, se sumó un simulacro a las 11:00 horas del día que terminaría por advertir y recordar a la población las medidas básicas a tomar, preparándola para lo que ocurriría un par de horas después.

Era un martes común, a la 1:14 de la tarde cuando muchas personas continuaban las extensas jornadas de oficina, recorrían los mercados, la ciudad, las niñas y niños, así como los universitarios se encontraban en las escuelas, mientras que otras personas se circulaban en sus automóviles en calles, avenidas y en el segundo piso del Periférico.

En ese momento, un sismo de magnitud 7.1 cambió dramáticamente la cotidianeidad con la que transcurría la vida del país. En las calles, se veía gente confundida, algunos de ellos –sobrevivientes del sismo del 85– parecían estar viviendo una pesadilla o un déjà vu muy desafortunado, y por otro lado, otras personas bajaban escaleras corriendo o se replegaban ante el muro o mueble que pareciera más protector.

Seis días han sobrevenido a una tragedia que pareciera haber regresado para arremeter con una puntualidad intimidante 32 años después, seis días desde que el sonido de una alarma sonó únicamente unos segundos durante el sismo para después apagarse, sigue rondando en la imaginación de muchas de las personas que aún se perturban al escuchar las sirenas de las ambulancias.

Sin embargo, ante todo esto, ha vuelto a repetirse aquella escena que cuestionara y respondiera a la vez Emilio Viale de El Universal aquel 20 de septiembre de 1985 ante la marejada de gente apoyando y llegando de todos lados a buscar gente en los escombros del –entonces– Distrito Federal.

Así, se han repetido sin descanso organizaciones de brigadas, personas donantes, otras que recorren la ciudad en sus motos mientras transportan algún médico o veterinario de emergencia, y algunas que lo hacen en bicicleta llevando víveres a diversas colonias y hasta Xochimilco, mientras otras se amontonan en autobuses o camionetas para ir a ayudar a Morelos y a Puebla, lugares donde también el sismo afectó sin clemencia.

Y no bastando con ello, gente que ayuda con sándwiches, tortas, tamales, tacos y una gran variedad de comida para alimentar a los brigadistas y a cualquier persona que se encuentre en el área afectada hacen cuestionarse de dónde ha salido tanta humanidad en una ciudad donde la competitividad y lo impersonal en la convivencia a veces termina por conquistar la vida diaria.

Es preciso recordar muchos de estos detalles, pues aún en este momento en algunos lugares de la ciudad los edificios siguen cayendo, y en otros, las labores de rescate realizadas por grupos organizados y perros, así como equipos de rescate llegados de otros países como Israel, Alemania, Francia y Japón, entre otros, continúan por jornadas extenuantes, bajo el único imperativo de sacar hasta la última persona viva o caída de los grandes trozos de concreto.

Suspensión de búsqueda y rescate

No obstante lo anterior, las recientes órdenes de suspensión de búsqueda y rescate de personas desaparecidas en algunos lugares de la Ciudad de México –algunas de ellas después canceladas por la insistencia de la sociedad civil para continuar la búsqueda–, la falta de información sobre rescates y personas fallecidas por parte del Instituto de Ciencias Forenses (Incifo); la falta de listas e información respecto de las personas rescatadas en zona de desastre, y la intervención de Protección Civil, la Secretaría de Marina y el Ejército Nacional para sacar a los civiles que siguen buscando de las zonas de derrumbe, podría obstaculizar el legítimo derecho de la población y el de los familiares y allegados de las personas desaparecidas, a continuar las labores de búsqueda hasta agotar toda esperanza.

Ante dicha situación, el derecho a la verdad tanto de las víctimas (familiares y allegados) como de la población en general a saber el paradero de cada una de las personas desaparecidas se ha topado de golpe con la intervención estatal que pareciera querer dar vuelta a la página lo antes posible, bajo la justificación de las 72 horas transcurridas de protocolo de búsqueda y esperanza de vida de personas atrapadas en escombros.

Aunado a ello, no es raro escuchar de la actitud y trato inadecuado por parte de las autoridades para sacar a civiles de las zonas de desastre impidiéndoles el acceso, y negándoles información sobre la situación y dimensiones del daño en la ciudad, dejándolos a expensas de la información proporcionada por Locatel, Incifo, y por aquella ventilada por cadena nacional a cargo de Televisa, por ejemplo, televisora que ha sido cuestionada por dar información falsa sobre el rescate de una niña inexistente con fines de rating.

A lo anterior, ha sobrevenido la presentación de quejas inmediatas ante las comisiones de Derechos Humanos federal y local, así como la interposición de amparos, cuyo fin es impedir cuanto antes cualquier intención de entrada de maquinaria de demolición a las zonas donde se presume aún hay cuerpos o personas con vida, teniendo por argumento los amparos la posible concurrencia de responsabilidad estatal por acción y omisión al suspender las labores de rescate y ordenar la entrada de maquinaria a las áreas afectadas, poniendo en riesgo la integridad personal y la vida de las personas atrapadas.

En campo, grupos de personas organizadas se oponen a la suspensión de búsqueda y más aún a la entrada de maquinaria.

En respuesta a ello, la CNDH el día 21 de septiembre emitió un comunicado en atención a la preocupación e insistencia de la sociedad para que las labores de búsqueda y rescate continúen, de ahí que ha invitado a las autoridades a agotar hasta el último recurso para privilegiar la búsqueda y rescate de sobrevivientes en los edificios derruidos y en vías de caer en el sismo del 19 de septiembre pasado.

Al respecto, merece la pena traer a colación la práctica de la Organización de Naciones Unidas durante crisis humanitarias donde decide “cancelar las misiones de rescate entre cinco y siete días después de ocurrido algún desastre, luego de que han pasado uno o dos días sin que se haya encontrado a algún sobreviviente”.

Sumado a ello, a través de las Guías y Metodología INSARAG, Naciones Unidas ha dicho que un Equipo Pesado de Búsqueda y Rescate Urbano debe contar con el personal adecuado y la logística suficiente para permitir operaciones durante las 24 horas en dos sitios diferentes por hasta 10 días.

El derecho a la verdad de los familiares y la sociedad

Respecto al respeto y garantía de los derechos humanos con motivo de desastres naturales, el Consejo de Derechos Humanos ha reconocido que “los derechos humanos y las libertades fundamentales de millones de personas en todo el mundo se ven afectados de diversas maneras por las crisis humanitarias, como los conflictos armados, los desastres naturales y los desastres provocados por el hombre, así como durante las etapas de recuperación, socorro y rehabilitación”.

Visto lo anterior, y tras observar que apenas han transcurrido seis días de labores de búsqueda y ante sospechas de que aún hay personas que yacen bajo los escombros con vida, es indispensable analizar con cuidado las posibles consecuencias de las acciones u omisiones estatales en sus labores de búsqueda y rescate.

Ante dicho panorama, la falta de certeza sobre el paradero de las personas víctimas del desastre hace necesario traer a colación el derecho a conocer la verdad, cuya naturaleza individual y colectiva responde al derecho en un primer momento de los familiares y allegados a las personas desaparecidas a conocer su paradero, y en un segundo plano el derecho colectivo de la sociedad en general a dicha información.

El derecho a la verdad o derecho a conocer la verdad si bien es un derecho que tiene su origen en el derecho internacional humanitario –donde fue invocado como el derecho de las familias a conocer el paradero de sus familiares desaparecidos en guerra–, y que después incursionó en el derecho internacional de los derechos humanos principalmente en el tema de las desapariciones forzadas , es un derecho cuyo contenido también tiene cabida durante los desastres naturales y la desaparición de personas que conllevan a su paso.

Lo anterior, hace necesario replantear la importancia del derecho de restablecimiento de contacto de las personas con sus seres queridos no localizados, cuestión que es motivo de análisis por parte del CICR y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, quienes han señalado disposiciones del derecho internacional humanitario que “otorgan a las familias el derecho a saber lo que ha sido de los seres queridos cuyo paradero desconocen”.

Por otro lado, independientemente de la responsabilidad en la que el Estado puede incurrir –o no– por la adecuada prevención de la catástrofe natural, la OMS ha señalado el deber estatal de utilizar todos los medios a su alcance para que se sepa si las personas desaparecidas están vivas o muertas.

En este sentido, tomando en cuenta que la Corte Interamericana ha establecido deberes estatales frente a la desaparición forzada de personas sin haberlo hecho específicamente en casos de desastres naturales como en el supuesto de análisis en el que estamos, resulta necesario rescatar por analogía los deberes estatales de búsqueda que tiene el Estado para localizar a la persona desaparecida, así como las consecuencias que el incumplimiento de dichas obligaciones pueden generar en la integridad personal de los familiares o allegados de las y los desaparecidos.

Bajo esa perspectiva, la Corte Interamericana ha señalado que la angustia y la incertidumbre que la desaparición y la falta de información sobre la víctima causan a sus familiares, constituye un daño moral para éstos. Además, se debe tener en cuenta que la actitud y trato de las autoridades para con los familiares pueden infringir sufrimiento y afectaciones a los mismos en estos momentos de emergencia.

Asimismo, respecto de la importancia de localizar y entregar los restos mortales de las personas desaparecidas, la Corte Interamericana ha considerado que la entrega de los restos mortales de una persona desaparecida permite dignificar a las víctimas “ya que los restos mortales de una persona merecen ser tratados con respeto para con sus deudos y con el fin de que éstos puedan darle una adecuada sepultura”.

Aunado a ello, cabe la pena señalar que el derecho a la verdad de los familiares y allegados puede ser vulnerado no únicamente como consecuencia de la falta por parte del Estado del despliegue de todas sus herramientas y medios para la búsqueda y rescate, sino también a través de la negativa de información a través de sus instituciones. De ahí que el derecho a la verdad se puede relacionar con el derecho de acceso a la información.

Conclusión

De todo lo anterior, resulta pertinente considerar que, si bien es entendible que el Estado mexicano pueda verse rebasado por los efectos de la catástrofe ocurrida el pasado martes 19 de septiembre, lo anterior no exime de ninguna manera a las autoridades gubernamentales para que actúen en todo momento de acuerdo a sus obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos, tanto de las personas desaparecidas como de las personas que las buscan.

Después de todo, el derecho a la verdad constituye en estos momentos una prerrogativa justa y legítima de conocer el paradero de los desaparecidos en el sismo.



regina