Vox Populi

Mayoría parlamentaria y abuso del derecho 

2018-11-27

En el fondo, el mecanismo psicológico que subyace al abuso, es el trastocamiento de los...

Mauro González Luna | Proceso

Todo abuso es condenable. Equivale en ocasiones, al uso excesivo de una cosa, de una facultad en perjuicio propio y ajeno; en otras, al trato deshonesto de una persona por parte de otra con mayor fuerza o poder.

Hay una desproporcionalidad en la acción abusiva al confrontar exigencias básicas de justicia o equidad. El abuso del derecho es sancionado por los órdenes jurídicos democráticos y por los pueblos con conciencia política.

En el fondo, el mecanismo psicológico que subyace al abuso, es el trastocamiento de los fines propios de tales cosas, tratos o facultades; fines definidos por la naturaleza de esas cosas. El abusador le asigna propósitos ajenos a su destino.

Por ejemplo, la propiedad sobreabundante de cosas superfluas, no justifica que su dueño las utilice solamente en su beneficio: pesan sobre ellas “hipotecas sociales”, es decir, deberes de solidaridad para con los que tienen hambre. El usarlas egoístamente -para saciar su voracidad o su vanidad- es un abuso, a la luz de una cosmovisión humanista, tan cara al personalismo.

La facultad de un policía de velar por la seguridad pública, no le autoriza a extralimitarse en el uso de la fuerza para satisfacer caprichos o eficacias inhumanas. La tortura, la ejecución extrajudicial, la detención arbitraria de una persona, le están rotundamente prohibidas. El fin de dicha facultad es servir al bien de la comunidad, es defender la seguridad pública a través de medios proporcionados y lícitos, connaturales a tal tipo de seguridad.

La facultad de perseguir los delitos, ha sido asignada constitucionalmente a los ministerios públicos cuyas características y estructuras obedecen a la naturaleza específica de la tarea a desempeñar, de su función esencial de procuración de justicia, muy diferente a la del juez, a la del ejecutivo, a la del militar.

El patrón en las relaciones de trabajo debe tratar al empleado como ser humano que es, no como cosa manipulable que no es. El empleado es persona y como tal, nunca puede ser usada como medio (Kant). El mayor poder económico o social del patrón, no legitima de manera alguna el mal trato a su trabajador; el hacerlo, representa un abuso condenable, tal como el “outsourcing” que priva al trabajador de derechos laborales esenciales para su porvenir personal y familiar.

El legislador por otro lado, tiene la facultad de dictar leyes que redunden en el bien común de un país. Esa capacidad está, por ende, limitada por los bienes y valores básicos de la “multitud reunida”, elevados a normas, a designios, a decisiones y principios inviolables por ser fundamentales para la conservación de los derechos ciudadanos y de la identidad nacional misma. Decisiones reconocidas en una constitución democrática, secundada por el tiempo, la cultura y la historia.

Constitución democrática al servicio de cada uno de los ciudadanos libres, conscientes, cuya congregación hace la patria, la nación; nunca al de una mayoría numérica que abuse de las reglas formales de la democracia para propósitos con evidentes tintes de corte autoritario -por más que se les quiera disfrazar con retórica barata-, que tocan las puertas de las autocracias modernas.

El legislador no puede impunemente usar esa su facultad en contra de tales designios fundamentales, como bien lo señalara en su momento, un sabio y honorable jurista, Ramón Sánchez Medal, inolvidable maestro de la Escuela Libre de Derecho. “Nada es más condenable en el ámbito de la democracia -ha dicho con certeza otro jurista- que abusar de sus reglas formales para violentar el principio fundamental que la inspira”.

El abuso de las facultades de las mayorías parlamentarias convertidas en meros y vanos espectáculos, reproductores dóciles de consignas, es un abuso del derecho al “pasar por encima de los principios que inspiran una ley para conseguir una finalidad no amparada por la norma de la que se abusa”.

La Constitución mexicana es meridianamente clara y lo ha sido, en torno al papel del ejército en tiempos de paz, por un lado, y al de las policías por otro. De un día a otro no se puede violentar tal designio constitucional, fundamental, diseñado para proteger la estructura democrática del país y las libertades del ciudadano mexicano.

Tal hecho es un atentado a los derechos básicos consagrados en la carta magna. Lo que procede es dar cumplimiento cabal a los ordenamientos constitucionales referentes a tales rubros. Al respecto, leí hace unos días algo lamentable: que, en un país asiático riquísimo, se utiliza su ejército para fines de seguridad pública: sí pero tal país tiene un régimen dictatorial; que poco afecto por la libertad en aras de la felicidad propia de la “ciudad de los puercos”, mencionada por el genio de Platón, hace miles de años.

El hecho escueto de que ya se ha vulnerado tal designio en la práctica, no autoriza a nadie -ni al constituyente permanente- a “legitimar” tal situación mediante reformas normativas que significan un abuso de las reglas democráticas. Del hecho descarnado nunca nace el derecho, y menos de un hecho que trastoca tales designios constitucionales.

Lo mismo se puede aplicar al tema de los superdelegados que se entrometen en el ámbito estatal, en burda y flagrante violación del sistema federal republicano, a pesar de todos los eufemismos utilizados por los nuevos acólitos del centralismo.

El hecho de que los Estados autónomos hayan sido en la práctica, dominados por el centro, no legitima el que se “legalice” tal anomalía. Lo que se debe hacer es respetar tal autonomía, es decir, cumplir con el mandato constitucional.

Ojalá que haya una rectificación con motivo de tanto rechazo por parte de personas honorables, de organizaciones de derechos humanos, nacionales e internacionales a la propuesta sobre seguridad y Guardia Nacional.

¿Qué se debe hacer si no hay dicha rectificación? Max Weber en otros tiempos de amenazas a la libertad, contestó así a tal cuestión, según versión de K. Jaspers: desde ese momento, “el problema dejará de tener interés para mí”, pues marcará el fin de la política, existiendo cosas más importantes para la dignidad humana que el Estado. La verdadera política nunca se funda en la pura fuerza. La genuina, se basa siempre en el derecho justo y en un mínimo de generosidad.



regina