Summum de la Justicia

Estado de derecho bajo fuego

2019-05-03

Cada día trae nuevas andanadas, casuales o deliberadas, que estrechan el sitio al que se...

 

Por Sergio García Ramírez | Revista Siempre

Hemos presenciado, con dolor, la imagen de las llamas que se alzaron en el incendio de Nuestra Señora de París. Al cabo se logró extinguir el fuego. Cesó la tragedia, pero dejó severas consecuencias. Pasarán muchos años y se invertirán cuantiosos recursos, que pudieron tener otro destino, en reparar los daños causados por el incendio. La imagen de ese terrible suceso sugiere el título de esta nota: el Estado de derecho se halla bajo fuego. Por supuesto, no hablo en este caso de un incendio material, sino del asedio que frecuentes proyectiles, quizás lanzados involuntariamente, han impuesto al Estado de derecho. Ocurre donde quiera. México no es excepción.

Cada día trae nuevas andanadas, casuales o deliberadas, que estrechan el sitio al que se encuentra sometido el Estado de derecho. Debo aclarar que cuando me refiero a este no aludo solamente al orden público  —el “paraíso prometido”, en paráfrasis de Milton—, que buena falta nos hace, sino a un concepto más complejo y sustantivo. Me refiero a la vigencia efectiva de los derechos y las libertades de los ciudadanos y al cumplimiento estricto de los deberes de los gobernantes. Puede haber  —y hay—  otras caracterizaciones, más profundas y complejas. Pero esta me basta para los fines de una brevísima nota acerca de las andanadas que recibe a pie firme  —¿aunque cada vez menos?— eso que llamamos el Estado de derecho.

La vigencia del Estado de derecho entraña imperio de la ley y disciplina a sus mandamientos. Imperio sobre todos y disciplina de todos. Hoy se dice con frecuencia, recordando una expresión afortunada, que nada se puede hacer sobre la ley y nadie está exento de su imperio. Bien que lo digamos, y mejor todavía que lo hagamos. En efecto, el principio de legalidad es factor y condición del Estado de derecho: puesto en otras palabras, factor y condición de nuestros derechos y libertades. Nada menos. Recordaré otra frase que los abogados solemos invocar y que se halla en la mejor experiencia de todos los ciudadanos: es preferible el gobierno de la ley sobre el gobierno de los hombres. Con esto Platón quiso decir  —y dijo— que la sociedad se halla mejor protegida cuando está bajo el abrigo de las leyes que cuando se encuentra a merced de los tiranos.

El principio de legalidad es garantía de libertad y democracia. De la legalidad con que actúen los gobernantes y se proteja a los gobernados depende la vida republicana. Establecer y afianzar ese principio ha sido motivo de innumerables contiendas. Corrió la sangre y se perdió la vida de muchos ciudadanos en procuración de legalidad y rechazo al despotismo. No obstante el amplio reconocimiento que tiene en textos constitucionales e internacionales, el principio de legalidad no se halla a salvo de acechanzas. Ahora mismo naufraga en el mundo entero a manos de poderes autoritarios que no someten su conducta, sus intereses o sus pasiones a la majestad de la ley. Otras majestades militan en contra.

Una expresión eminente del principio de legalidad es la subordinación de todas las autoridades, por elevada que sea su jerarquía, a los mandamientos de la Constitución. Las leyes secundarias, los reglamentos, las decisiones gubernativas deben plegarse al imperio constitucional; y la conducta de las autoridades debe ajustarse a las palabras de la ley. ¿No es verdad que cuando un funcionario público toma posesión de su cargo protesta —es decir, promete, asegura—  cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanan? ¿No es el cumplimiento fiel y puntual de esa promesa la mejor garantía —formal— que los ciudadanos tienen frente al poder material de las autoridades? Faltar a esa promesa pone en riesgo al Estado de derecho y compromete todo lo que este entraña. Entonces ¡ay de los gobernados!

Un rasgo característico de la legalidad republicana, del Estado de derecho, de la democracia representativa  —sin perjuicio, jamás, de la participativa— es la separación de poderes. Esta es otra garantía, varias veces centenaria, que protege al ciudadano frente a las tentaciones autoritarias del gobernante. La separación de poderes implica una arquitectura de frenos y contrapesos: el poder contiene al poder. Luis XIV pudo decir “El Estado soy yo”, porque concentraba en sus manos, como señor absoluto, los poderes de legislar, aplicar la ley y juzgar. Hoy ningún poder se sobrepone a los otros (salvo el control que pueden ejercer los tribunales sobre la conducta de las autoridades). Cada uno opera dentro del ámbito que le asigna la Constitución. Traspasar la frontera implica una falta mayor contra el Estado de derecho, contra la democracia y, en suma, contra la libertad de los ciudadanos y el interés de la nación.

Pese a todo, ocasionalmente tropezamos. Errar es humano, si se trata, en efecto, de un error. Cuando esto sucede conviene decirlo, señalarlo sin ambages, ponerlo a la luz antes de que se oculte u olvide, por obra de la indiferencia, la ignorancia o el temor. Y quien lo comete debe rectificarlo pronto y bien, acreditando la buena fe de su comportamiento y su voluntad y vocación de cumplir la ley. Así honrará la protesta que hizo al asumir su cargo como servidor del pueblo.

Últimamente ha habido algunos tropiezos de aquella naturaleza inquietante. Quiero suponer que han sido involuntarios y que serán ocasionales, aunque nuestro paisaje se haya poblado con ellos. Y me gustaría recibir la buena noticia de que serán analizados, reconocidos y rectificados con la diligencia y profundidad que cada caso amerita. Ya veremos. Y ya verá la nación.

En este momento mencionaré dos casos que se han presentado en nuestro medio, en fechas recientes y con muy diversa magnitud. Empero, ambos tienen que ver con el Estado de derecho y el principio de legalidad. Por ello, ninguno es un pequeño incidente, aunque sean distintas su visibilidad y su trascendencia. Si se les mira en sus términos, a la luz de la Constitución, se trata de sucesos relevantes para el cumplimiento —incumplimiento— de la ley y el desempeño de la democracia. Quiero decir, el desempeño de nuestra democracia en desarrollo, frágil todavía, inmadura y emergente.

Voy primero a un asunto que apenas suscitó ligera consideración. Manejado con habilidad publicitaria, se le vio como signo de liberalismo y civilidad. Me refiero a la clausura de la colonia penal de las Islas Marías, tras un siglo al amparo de sus “muros de agua”, que dijo José Revueltas. Este archipiélago fue adquirido por el gobierno federal al principio del siglo XX. Porfirio Díaz lo destinó a la reclusión de sentenciados. Tuvo una historia irregular y finalmente cesó en su destino carcelario merced a un “decreto del Ejecutivo” publicado el 8 de marzo de 2019. Hasta aquí todo parece normal, a pesar de que esa colonia penitenciaria era, al tiempo de su clausura, el reclusorio mejor evaluado de toda la república por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Extraña que se suprima una penitenciaría bien evaluada y a cambio subsistan decenas de reclusorios que dan horror y vergüenza. Extraña paradoja, que podemos incorporar en la galería de nuestras costumbres.

Pero ese no es el problema, aunque sea un problema. El punto a considerar es el hecho de que el destino penitenciario de las Islas Marías no dependió apenas —salvo en su origen remoto— de un acto del Poder Ejecutivo, sino de un acto del Poder Legislativo, es decir, de una ley emitida por el Congreso de la Unión en 1939, época en que Lázaro Cárdenas era presidente de la república. ¿Cómo fue posible —independientemente de respetables argumentos ecológicos— que un acto del Ejecutivo suprimiera los efectos de una ley del Congreso? Pero fue posible. Digamos, en términos forenses: de hecho, aunque no de derecho.
   
Y voy al punto mayor, que encendió la pradera y suscitó severos comentarios. El mío solo se suma a ellos, con austeridad republicana y modestia franciscana. Sucedió que el Ejecutivo hizo llegar a varias dependencias de la Administración Pública Federal —subalternas al poder central— un “memorándum” en el que les instruye para omitir el cumplimiento de las normas que consagran la “mal llamada” —se suele decir, y no pretendo corregirlo— reforma educativa. Esto traería como consecuencia, en caso de prosperar, la reinstalación de las disposiciones y las prácticas existentes antes de que entrara en vigor esa “mal llamada” reforma, que ha generado infinidad de conflictos. Espero haber entendido y resumido bien el sentido del “memo” presidencial. Si tiene otra naturaleza —¿jurídicamente, cuál?— y otro alcance, me disculpo por lo que estoy diciendo y voy a decir.

Dos palabras para la historia de este conflicto. Cuando quedó en entredicho la construcción del aeropuerto internacional en Texcoco, las posiciones confrontadas se resumieron como un “choque de trenes” o “lucha por el poder”. Desde el más alto mando se dijo que la decisión definiría quién tiene en sus manos el poder y, por lo tanto, quién gobierna en México. En efecto, ese dilema se resolvió. Pero recientemente se volvió a plantear el mismo dilema y ha tenido nueva resolución, aunque ahora en sentido distinto del que apareció en el caso del aeropuerto. En la suspensión del transporte en torno al puerto de  Lázaro Cárdenas y en la espinosa y fallida —hasta hoy— negociación de la reforma al artículo 3o constitucional, se observa quién tiene el poder y toma las decisiones.

Hemos asistido, sorprendidos, a una extraña pulsión de fuerzas. El vencedor en el litigio político del aeropuerto no es el ganador de ahora.

Puesto que la debacle de la “mal llamada” reforma educativa depende de la aceptación que su relevo reciba de cierto sector del magisterio, y en virtud de que la negociación para lograrla no ha tenido éxito —digamos que ha fracasado, hasta el momento, la solución política que permite ir a una solución jurídica ortodoxa—, se ha optado por una vía extraordinaria. Esta vía, cuyo breviario es el “memo” que suspende los efectos de normas constitucionales y legales —buenas o malas, no es este el punto que ahora examino— aprobadas en los términos de la ley fundamental de la república, y pone en vigor, de facto, las disposiciones que existieron antes de la “mal llamada” reforma. Se habla, con una expresión extraña, de que la medida contenida en el “memorándum” significa una especie de  “amparo con aplicación retroactiva”. No sé si esto signifique una solución, así sea temporal o circunstancial, pero es evidente que el “memo” de marras no resiste el análisis de legalidad que debe pasar y aprobar todo acto de autoridad.

Estamos nuevamente ante un problema mayor que desafía al Estado de derecho. Un proyectil de grueso calibre ha caído en las líneas de este. Surgen varias cuestiones en distintos espacios, aunque todas tienen el mismo escenario: Estado de derecho, legalidad, legitimidad. ¿Es posible que un acto del Ejecutivo, cuya naturaleza es incierta, sustituya la voluntad —acertada o desacertada, ya lo dije— del constituyente y del Poder Legislativo? ¿Puede el insólito “memorándum” reponer la vigencia de disposiciones derogadas? ¿Qué pueden y deben hacer los funcionarios a los que se dirige ese “memorándum”, atrapados entre la espada y la pared: atender la orden superior o acatar la norma legal?

Y finalmente, a esta retahíla de preguntas debo agregar algunas cuya respuesta importa sobremanera: ¿qué pasará con la educación pública en México, de la que depende el futuro del país? ¿Qué será de los millones de niños y adolescentes cuya formación está en entredicho? No tengo respuesta. Aguardemos la que dicte quien debe hacerlo.

Post scriptum

Cuando remití este artículo a la revista Siempre! no había conocido la más reciente —hasta ahora— andanada sobre el Estado de derecho. Después de aquel envío leí ciertas expresiones vertidas desde la cúspide del poder, que gestaron nuevos incendios en el Estado de derecho. Esta vez las llamas son más inquietantes. Entrañan la derogación del principio de legalidad —garantía de los ciudadanos— y dejan la aplicación de la ley al arbitrio de los gobernantes. Esto implica gravísimos peligros para la seguridad de los ciudadanos y la vigencia del Estado de derecho.

La nueva “doctrina oficial” invita a los funcionarios, o más bien les ordena, ponderar desde su propia perspectiva de justicia la ley que aplican. Si esta es justa —conforme al leal saber y entender del funcionario— se aplicará la ley; si no lo es —siempre a juicio del funcionario— este hará lo que le dicte su “instinto justiciero”. La suerte de los ciudadanos queda a merced de ese instinto. Así, sencillamente.

Estoy al tanto de las reflexiones milenarias sobre el posible conflicto entre la ley y la justicia, y no ignoro el dilema que enfrenta quien debe aplicar una norma que supone injusta. No pretendo analizar ahora esta materia con la profundidad que requiere y que hubiera sido necesaria antes de lanzar al vuelo la “doctrina oficial” que he mencionado y que tiene en ascuas —como es natural, cuando se propaga un incendio— a quienes la han recibido con estupor e incluso con temor e indignación.

Lo que importa, a título de “emergencia jurídica”, es salir al paso de semejante expresión de arbitrariedad. De nuevo acudo al beneficio de la duda. Quizás la súbita doctrina —que no parecía probable, aunque fuera previsible, dado el rumbo general que llevamos— ha sido mal fraseada o erróneamente comprendida. Tal vez no se quiso decir lo que todos entendimos. De ser así, es preciso rectificar sin demora y reanudar   —o emprender de una vez— el camino de la normalidad jurídica. Y si lo que se quiso decir y se querrá hacer es lo que tememos, habrá que elevar un muro de razones y recursos para afianzar el Estado de derecho. No podemos dejar en entredicho nuestros derechos y libertades, aceptando que el poder público dispone de una franquicia para resolver a su juicio y a su gusto,  como le parezca conveniente, si la ley se aplica o se ignora, conforme al concepto de justicia que tenga el gobernante en turno.



regina
Utilidades Para Usted de El Periódico de México