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Outsourcing

2020-03-03

El régimen de subcontratación ha tenido dos consecuencias negativas. Fue utilizado...

José Ramón Cossío Díaz, El País

En México se encuentra abierta la discusión del outsourcing. Diversos representantes populares han presentado iniciativas para reformar el cambio introducido a la legislación laboral en 2012. La posibilidad de que un patrón, denominado “contratista”, pueda ejecutar obras o prestar servicios con trabajadores bajo su dependencia, a favor del contratante que le fije y supervise las tareas a desarrollar. En contexto, el régimen de subcontratación ha tenido dos consecuencias negativas. Fue utilizado para reducir la contratación formal de trabajadores, evitando el pago de impuestos, y la precarización de las condiciones laborales de los trabajadores de las empresas contratadas por la rotación en el empleo y el no pago de las cuotas de seguridad social y del reparto de utilidades.

Estas prácticas abrieron el debate de la subcontratación entre dos extremos. El encabezado por quienes se inclinan por su desaparición y el de quienes lo estiman indispensable para mejorar la productividad de las empresas en un mundo global y competitivo. Con todo y que en ambos planteamientos hay verdades, la cuestión de fondo no termina por aparecer en la discusión actual: ¿qué modelo de producción de bienes y servicios habremos de adoptar para el futuro respecto de los trabajadores, los patrones y la organización industrial misma?

Desde finales del siglo XIX, las unidades de producción de bienes y servicios fueron concebidas como totalidades laborales. Todo el trabajo tenía que realizarse con empleados propios, insertos en un único sindicato. Desde las actividades como limpieza o mantenimiento hasta las de gerencia o administrativas, habrían de hacerse por empleados propios y a sueldo. Lo que la discusión de la subcontratación debe mostrarnos es si la pretensión de la completa incorporación de trabajadores propios debe permanecer o si, por el contrario, algunas actividades debieran ser realizadas por personal contratado por una empresa distinta. Se trata de saber si vamos a apostar por un modelo centralizado en el que todo o casi todo se siga haciendo “en casa”, o por otro descentralizado en el que internamente se haga solo lo propio del negocio y el resto se contrate con otras unidades de producción.

¿Es necesario que una empresa productora de tuercas o un hospital público o privado lleven a cabo las tareas necesarias para generar sus bienes o servicios con empleados propios, o es factible que hagan solo lo esencial a sus objetivos? Analicemos el problema en términos organizacionales. ¿Qué de malo tiene el que, efectivamente, haya una concentración total de los trabajadores de una empresa en un aspecto único y cerrado de la producción y que, por lo mismo, el resto de las acciones encaminadas a ella sean subcontratadas con empresas que, a su vez, tengan las correspondientes especialidades? A la posible respuesta positiva, habrá quienes de inmediato recuerden lo que hasta ahora se ha hecho mal con la subcontratación, y los perjuicios que a los trabajadores y a la hacienda pública se han causado. Sin embargo, podría contraargumentarse que ello no se ha debido al esquema, sino a la corrupción de las empresas asociadas y a la escasa, sino es que nula, capacidad regulatoria y supervisora del Estado.

Sin pretender hacer aquí la apología del outsourcing en general, ni, menos aún, de la forma en la que en el país se está realizando, me parece que la discusión que en estos momentos se lleva a cabo tiene que percibir con mayor amplitud supuestos y efectos. Así, pregunto, ¿no podría pensarse y crearse un sistema en el que empresas reguladas y cumplidoras de la ley, proporcionen servicios a otras en las mismas condiciones de licitud, generando con ello sinergias productivas y cumplimiento de derechos laborales? Si una solución así puede ser creada y operada, si el Estado pudiese beneficiarse recibiendo el pago de los impuestos y las cuotas de seguridad social, y si los trabajadores lograsen contar con un empleo digno y remunerado, ¿qué sentido tiene mantener el esquema laboral que, nacido hace ya muchos años, tampoco es que haya hecho mucho en función de la justicia social ni del lado de las empresas ni del de los sindicatos?



Jamileth