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Ley de Amnistía, innecesaria


2019-09-23

Por Tere Mora Guillen | Revista Siempre

* Entrevista a Federico Ponce Rojas, ex Subprocurador de la PGR

 En el aniversario del inicio del movimiento de Independencia, el presidente Andrés Manuel López Obrador, presentó la iniciativa de Ley de Amnistía que la bancada de Morena habrá de impulsar en San Lázaro, la cual pretende liberar de las cárceles a jóvenes acusados de delitos contra la salud ante tribunales federales, previstos en el Código Penal.

La iniciativa establece que podrán ser liberados siempre y cuando los sujetos no sean reincidentes, no hayan estado sentenciados por lesiones, homicidio o secuestro, y no haber usado armas de fuego en el delito que se le imputa. Pone especial énfasis en los detenidos en comunidades indígenas, además contempla liberar a mujeres detenidas por realizarse un aborto, así como a los médicos y parteras que lo llevaron a cabo y que hayan sido sentenciados por ello, siempre y cuando lo hayan realizado sin violencia y con el consentimiento de la madre.

Respecto de los delitos contra la salud, la iniciativa propone liberar a quienes hayan cometido la falta por su situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, esto es que padecieran exclusión y discriminación, o sufran discapacidad permanente. El presidente López Obrador hizo especial énfasis en que la Ley de Amnistía es para beneficiar a la gente humilde.

Sobre los pormenores de esta iniciativa, el ex Subprocurador General de la República, Federico Ponce Rojas, en entrevista concedida a Siempre! pormenorizó sobre el documento que se encuentra en la Cámara de Diputados, que deberá atravesar un andamiaje legislativo «sencillo porque la mayoría de Morena ha sido muy complaciente con todas las iniciativas que ha presentado el presidente para la Cuarta Transformación, las modificaciones en el campo jurídico deben darse sin perder su esencia, y aquí hay un principio que es justamente el espíritu republicano del Constituyente de 1917”.

El aborto

Ponce Rojas afirma: “veo en este decreto una inducción para que los estados libres y ‘soberanos’ en el ámbito de sus competencias, se atribuyan parte de la esencia de esta Ley, y concedan las legislaturas estatales una Ley de Amnistía similar a ésta». Y esto, dice, “tiene una razón de peso en el decreto, ya que la mayoría de los delitos que se describen o que se pretenden amnistiar, son de carácter del fuero común como es el caso del delito de aborto –que todavía subsiste en algunas legislaturas”.

Y se pregunta qué pasaría cuando una soberanía estatal responda y diga no a la Secretaría de Gobernación, que es la encargada de encausar estos refuerzos, «no necesitamos una Ley de Amnistía, porque en nuestras normas estatales tenemos previsto el derecho humano a la mejor defensa, al debido proceso y sobre todo la presunción de inocencia. Hay delitos como el aborto que son del fuero común que están penados en los estados de la República, y que si merecería más que una Ley de Amnistía, una reforma de sus códigos penales para que se aplicara el principio de inculpabilidad».
 
Ley de amnistía, oferta política de campaña

Federico Ponce Rojas, precisa que la Ley de Amnistía, transitaba entre amnistía e indulto en las épocas de la campaña electoral, “fue eso, una oferta política, pero cuando empiezas a ejercer el gobierno te das cuenta que esa oferta es muy grave y no tiene visos de realidad, y no puede ser objetiva porque vamos a revictimizar a las víctimas directas e indirectas, a los ofendidos. El presidente López Obrador tuvo reclamos, y para no fallar en esa oferta pública de campaña, se propone ahora un decreto de Ley de Amnistía y pronto veremos el tránsito que tiene en las Cámaras”.

Se trata, destaca, de un documento que exacerba el sentimiento de una aparente justicia a los desprotegidos, pero estos ya estaban protegidos por la ley.
 
Se pretende amnistiar delitos no graves

Ponce Rojas señala «los delitos que se pretenden amnistiar son desde luego no graves, que están excluidos del catálogo, me parece una aberración que la Constitución General, siendo la ley suprema de nuestro país, se haya convertido en un catálogo de delitos, para eso está el Código Penal, y en su caso las leyes especiales».

El litigante en materia penal, dice entender la transformación como un cambio en beneficio de algo o de alguien, sin perder raíces y esencia de México, “de una República democrática, es el Pacto Federal. El ejemplo principal lo tenemos en el crisol de la Revolución, ahí se reunieron todos, el sentir y pensar de diversos grupos, ello lo vemos en el Diario de Debates del Constituyente del 17, y el mensaje del proyecto de Carranza. Hablaría de una reforma que más valdría se hubiera hecho en la aplicabilidad de las normas sustantivas y adjetivas que ya existen».

El ex funcionario añade que uno de los fundamentos de la reforma del nuevo Sistema de Justicia Penal, es el principio de inocencia, la lealtad, la transparencia, y el debido proceso. «Vamos a ver como llega este decreto a convertirse en Ley secundaria, y cómo se ejerce, porque incluso en uno de sus transitorios, establece que los presupuestos para llevar a cabo esta norma no se alterarán, es decir se aplica con lo que hay. Hubiese sido interesante para la opinión pública ver el catálogo de delitos a los que se les va a aplicar y el número de estas personas que reúnen estas características que están recluidas en penales”, destaca.

Agrega que la Constitución es rígida, exige la mayoría de las legislaturas locales y la federal: Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, “entonces aquí no ha habido tropiezo para modificar nuestra Carta Magna. Así pues el artículo 19 describe particularmente los delitos graves, que de suyo imponen oficiosamente la prisión preventiva”.
 
Se es pobre o vulnerable

Otros delitos que contempla por ejemplo la iniciativa tienen que ver con la Ley General de Salud, en la cual habla del calificativo de extrema pobreza que no es bueno, y ha sido un problema arrastrado desde el Código Penal de 1931, puntualiza el ex subprocurador. En este caso concreto, asevera, se habla de extrema vulnerabilidad, «creo que eres o pobre o vulnerable, pero extrema vulnerabilidad, me da la impresión que choca con un principio de la teoría general del delito, que es la imputabilidad. Los inimputables son aquellos a los que no se les puede atribuir una conducta, porque no tienen esa capacidad de razonar, o porque son menores de edad por ejemplo”.

“Entonces aquí en su artículo primero fracción segunda, inciso ‘A’, ya está calificando a aquellos que hayan cometido estos delitos en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, por su condición de exclusión y discriminación, o por estar discapacitados de manera permanente, todo esto es un universo que suena más desde su exposición de motivos, a ese proyecto político de buscar la justicia en aquellos sectores de la población que están digamos desprotegidos”, asegura el licenciado en derecho.

Peligro, poner en la calle a delincuentes

Asimismo el ex subprocurador considera absurdo regular con una Ley de Amnistía “conductas que ya han sido defendibles y defendidas en un sistema garantista, como el que tenemos a raíz del nuevo Sistema de Justicia Penal, y que se da principalmente como un derecho penal que protege en primerísima instancia, a los derechos humanos».

Ponce Rojas destaca que se debe fortalecer a los defensores de oficio, “hay organizaciones civiles que se han dedicado tanto a revisar como a proteger a personas de escasos recursos económicos, se puede salvar este tema, pero cuando no es así, los jueces de oficio tienen que suplir estas deficiencias y  hemos visto como el incumplimiento del debido proceso, pone en la calle a los delincuentes”.

Y refiere al derecho humano a la mejor defensa, «es decir, basta con que no tengas la mejor defensa para que haya una violación a los derechos humanos, y si no la puedes pagar por razones económicas, entonces el estado te la prevé, y los defensores tenemos una responsabilidad legal cuando no cumplimos, no asistimos y no llenamos todos las posibilidades de una defensa apropiada».

Una iniciativa confusa

Federico Ponce Rojas refirió que en la iniciativa de Ley de Amnistía todo es confuso, tal es el caso del delito de robo simple, el robo trae siempre calificativos porque aunque no se use la violencia es complicado. «Aquí quisiera pensar que está permitido robar poquito, lo cual no es aceptable, habla de robo simple, sin violencia, y siempre que no amerite pena de libertad de más de cuatro años. Por ejemplo, una mujer va por una avenida, lleva mal puesta su bolsa y un delincuente se la quita, podría ser el caso. También se prevé que no se utilicen armas de fuego, asimismo se contempla que sean primo delincuentes, todo esto con una técnica jurídica adecuada ya existe en otras palabras, la Ley de Amnistía no nos ofrece nada nuevo».

El abogado manifiesta que el proyecto de AMLO hace una exclusión por el clamor y la llamada popular sobre estos delitos contra la vida, la integridad corporal, o las lesiones, el secuestro o que se hayan utilizado armas de fuego, todo lo cual vuelve a remitirnos en su artículo segundo al artículo 19 de la Constitución Política Mexicana, que establece el catálogo de delitos graves del orden federal. «Pero entonces los delitos graves del fuero común, cuáles son, porque no entrarían en este decreto”.

El Vicepresidente de la Academia Mexicana de Derecho Penal, dice que en la exposición de motivos citan como ejemplo dos leyes de Amnistía anteriores. En el último tramo del siglo XX el Congreso de la Unión aprobó en 1978 en el marco de de la guerra sucia con relación a la aparición de la guerrilla, había presos políticos, había sido una etapa violenta y por lo tanto se proclama la Ley de Amnistía para  excarcelar a presos políticos. Una segunda fue aprobada en enero de 1994 a favor de los integrantes del EZLN, esta última, se promulga para abrir espacios políticos y dar la oportunidad de vincular esa querella política que obliga a un grupo a tomar las armas, sin declararse en estado bélico en contra del Estado mexicano.

Federico Ponce Rojas, afirma que esta Ley de Amnistía es inconsistente e innecesaria, «es más bien un mensaje político que tendrá que ser consumado y perfeccionado para que sea realmente una verdadera Amnistía».

En esta Cuarta Transformación, manifiesta, “ha habido una andanada legislativa inconsistente y sobre todo incongruente. Por un lado a ciertas conductas se les aplica una norma draconiana, por otro lado una conducta sumamente laxa, no llegábamos a entender porqué se daba esa laxitud y no había sanción, hemos visto muchos actos de conductas que son completamente típicas de las descripción penal, sin embargo no ha habido ya no digamos sanción, sino proceso, investigación, imputación, judicialización; y cierto tipo de conductas que no ponen en un riesgo a la sociedad como dice la Ley de Amnistía, que no representan peligro”.
 
El robo, peligro para la sociedad

«Considero que el robo en todas sus expresiones si representa peligro para la sociedad. Partiendo de esta base estos delitos que no representan un peligro real, porque hay delitos de peligro y hay delitos de daño; pero en el catálogo de los delitos o son peligro o son de daño, pero todos deben ser sancionables. Entonces no queremos sancionar a estos grupos vulnerables, ¿quién establece esa condición, quién la va a señalar?, no nos olvidemos que en nuestro sistema el derecho penal como así lo establecen los artículos 14 y 16 constitucionales, las conductas deben de llenar todos y cada una de las descripciones que nos señala un tipo penal, un delito, porque si falta uno ya no es delito. La violencia está presente es un término sine qua non que hay que resaltar, para que no se aplique la Ley de Amnistía, pero entonces entramos en un terreno más pantanoso, que es el de la violencia física y moral, esta última es muchas veces más grave, más condicionante y vulnera más al ser humano que la violencia física. Ahora, el hecho de que se pertenezca a un grupo étnico no necesariamente sitúa en un hecho de vulnerabilidad, porque entonces porqué no atendemos también a la Ley que muchos grupos étnicos tienen, y que es la Ley de Usos y Costumbres”.

Federico Ponce Rojas, enfatiza que encuentra en esta iniciativa una falta de técnica jurídica y de precisión, esto no es permisible en una ley penal, porque se está violando el artículo 14 y 16 Constitucional. «En suma, no se aplica la Ley de Amnistía lo cual es estupendo, es la parte positiva, brillante a nada que tenga el menor indicativo de violencia, y desde luego a ninguna de las conductas previstas que pena, porque  no coincido en que la Constitución General de la República sea un catálogo de delitos, para eso están las leyes secundarias».

El abogado señala que otro de los temas que llama la atención en la exposición de motivos, es la referencia que se hace a las personas que están recluidas, también pensaría, no sería más fácil hacer un catálogo de las personas que están recluidas por este tipo de delitos, que ameritan una sanción menor a cuatro años, y con este catálogo los defensores de oficio promover la libertad provisional para empezar, «se habla de la contaminación que estas personas pudiesen tener en una cárcel, cuánto tiempo han estado ya recluidas, porque la contaminación y la degradación empieza desde el día uno, en unos más, en otros menos pero así está».
 
Regímenes penitenciarios, en el abandono

Por otro lado, menciona, hay delitos que consideró graves como el despojo, a los que no se les ha prestado la atención debida. “Este delito es grave y más en la Ciudad de México o en las capitales de los estados, en donde se da como en el caso de Nayarit, con presiones y violencia morales y físicas, así como con falsificación de escrituras, notarios que están en contubernio con delincuentes, se apropian de predios y casas de gente en situación vulnerable. La Ley de Amnistía está reducida a un ámbito de aplicación sumamente limitado, que se refiere particularmente a leyes y normas penales de los estados”.

Comentó asimismo que los regímenes penitenciarios se encuentran en el abandono. Dijo que los esfuerzos del Estado por procurar justicia en el último eslabón que son los regímenes penitenciarios, es donde hay una ausencia de justicia, de técnica, y un abandono total, «cómo precisas, si eres primo delincuente, nos hemos dado cuenta por los medios, que matan a un individuo en defensa legítima, o lo vuelven a arrestar y las propias policías se quejan, la propia jefa de gobierno habla de que hay una puerta rotatoria en donde hay quienes por un lado entran y por el otro salen. Entonces cómo precisarlo si hay un Sistema Penitenciario que está rebasado, que lejos de buscar su rehabilitación y más lejos de buscar reinsertar a estas personas a la sociedad, es tarea sumamente complicada. Como dice el presidente es una asignatura pendiente».

Es de dominio púbico, aseguró, que en los reclusorios hay autogobierno y que son los centros de corrupción más importantes, las extorsiones y secuestros nacen en las cárceles, los privilegios están ahí.


 



regina


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