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Estas son las opciones del INE para sancionar a Félix Salgado Macedonio


2021-04-12

Por Surya Palacios | Alto NIvel

Una cuantiosa multa y una amonestación pública son las sanciones a las que podría hacerse acreedor Félix Salgado Macedonio, si los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) reconsideran permitir su registro como candidato a gobernador de Guerrero, aplicando el principio propersona que maximiza los derechos humanos, de acuerdo con la sentencia que el viernes aprobó el Tribunal Electoral.

Según el artículo 456 inciso c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), la multa máxima que podría imponerse a Félix Salgado asciende a 448,100 pesos, que equivalen a 5,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además de la multa, los consejeros podrían también sancionarlo con una amonestación pública que señalaría que sí realizó actos de precampaña que debieron ser reportados al INE, además de que -al haber negado estos hechos- el exsenador demostró “su finalidad de evadir sus obligaciones legales”, tal y como afirma la sentencia del Tribunal.

Con cinco votos a favor y dos en contra, de los siete magistrados que integran la Sala Superior del TEPJF, el viernes pasado esa instancia decidió regresar al INE el expediente del morenista Félix Salgado Macedonio, para que los consejeros de ese organismo autónomo reconsideren su decisión que le negó el registro al político para ser candidato a gobernador de Guerrero, luego de que este omitió presentar sus informes de gastos de precampaña.

Adicionalmente a la pérdida del registro de Salgado, el INE le impuso una multa a Morena que reduce en 25% sus ministraciones mensuales, alcanzando un monto de 6 millones 573,391 pesos que no le serán entregados.

El TEPJF añadió que el INE, al reconsiderar la pérdida de registro del aspirante de Morena a la gubernatura de Guerrero, debe aplicar los principios constitucionales propersona y de proporcionalidad, para que el castigo no resulte violatorio de los artículos 1 y 22 de la carta magna, que establecen la interpretación más favorable a los derechos humanos, y la prohibición de las penas inusitadas, respectivamente.

Hechos probados

La multa impuesta a Morena quedó en firme con la sentencia del Tribunal Electoral, pues para los magistrados hay hechos probados que ya no admiten ningún tipo de recurso. Estos son, específicamente, que el partido gobernante estaba obligado a reportar las actividades y los gastos de sus precandidatos, y que todos aquellos que se inscribieron para participar en las encuestas de selección que realizó Morena tienen ese carácter.

“A juicio de esta Sala Superior, son infundados los agravios de la parte actora (Morena), ya que, contrario a lo que sostiene, no se advierte la obligación de la autoridad de realizar los requerimientos directamente a los precandidatos”, detalla la sentencia, cuyo proyecto elaboró el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.

En ese sentido, agrega el fallo, “se observa que la labor del partido de registrar a los precandidatos en el sistema en línea es determinante para que, posteriormente, la autoridad pueda requerir a los sujetos obligados de presentar su informe de gastos”.

Sin embargo, Morena “no cumplió con su obligación de registrar a sus precandidatos en el sistema” electrónico que para ello tiene habilitado el INE.

A su vez, también está acreditado en la sentencia que “contrario a los planteamientos de las demandas, Félix Salgado Macedonio, Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto sí tuvieron el carácter de precandidata y precandidatos a la gubernatura de Guerrero; por lo tanto, tenían la obligación en materia de fiscalización de entregar sus informes de gastos de precampaña”.

En el caso de Salgado Macedonio, desde diciembre de 2020, este se promocionó como precandidato de Morena en su perfil de Facebook. Aunque el político dijo al Tribunal que no se posicionó electoralmente en sus redes sociales, lo cierto es que en la sentencia se da cuenta de todo el material publicado en su perfil.

“El promovente afirmó (en posts de Facebook) que se registró como precandidato al Gobierno de Guerrero; que estuvo presente en diversos eventos y lugares de Guerrero; (y) que realizó recorridos”. Salgado Macedonio también “hizo llamados al voto o utilizó expresiones equivalentes como las relativas a que iba a ganar las encuestas y manifestó que en ¡la Encuesta Félix es la respuesta¡ (sic)”, puede leerse en la sentencia.

Forma de pago

Si el Consejo General del INE decide permitir el registro de Félix Salgado como candidato a gobernador de Guerrero, y en su caso sancionarlo solo con una multa, esta admite graduaciones, pues los 448,100 pesos (5,000 UMAs diarias) son la cantidad máxima que puede aplicar la autoridad electoral administrativa a los precandidatos omisos.

El numeral 5, incisos c) y f), del artículo 458 de la LEGIPE apunta que para las multas el INE debe considerar las condiciones socioeconómicas del precandidato, además de que se debe valorar “el monto del beneficio, lucro, daño o perjuicio derivado del incumplimiento” de la ley.

Todas las multas, independientemente de su monto, deben ser pagadas en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, en tanto que, si el infractor no cumple con esa obligación, el Instituto tiene que reportarlo a la Secretaría de Hacienda, para que esa institución, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) proceda a su cobro.

Es decir, si el sancionado no paga la multa se le finca un crédito fiscal por parte del SAT, cuya liquidación puede ser negociada para que el pago sea en plazos, como sucede con cualquier otro contribuyente que tiene adeudos con el fisco.

Sanción ratificada

A partir de que el TEPJF le notifique la sentencia de este caso al INE, su Consejo General tiene un plazo de cuarenta y ocho horas para calificar nuevamente la falta cometida por el precandidato Félix Salgado Macedonio, que es la omisión de presentar su informe de gastos de precampaña.

Es importante señalar que en su fallo el mismo Tribunal advirtió que “la pérdida o cancelación del registro sigue siendo una sanción disponible para la autoridad administrativa” electoral, por lo que el INE puede ratificar la sanción que ya impuso a Salgado Macedonio y no devolverle la candidatura.

Si se presenta este escenario, el mismo INE debe determinar quién podría sustituir a Salgado como candidato o candidata a gobernador de Guerrero.

No obstante, estas determinaciones nuevamente pueden ser impugnadas ante el Tribunal Electoral, instancia que -en plenitud de jurisdicción- tendría que decidir si Félix Salgado Macedonio debe ser registrado.



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