Nacional - Seguridad y Justicia

Invalida SCJN plazo de un mes para notificar incapacidad a Infonavit

2010-03-26

Los ministros revocaron una sentencia emitida por un tribunal colegiado de Circuito y otorgaron el...

México. (Notimex).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el plazo de un mes que establecía el Infonavit para que los trabajadores notificaran sobre su incapacidad parcial permanente o invalidez definitiva, a fin de liberarse del crédito de vivienda o gozar de una prórroga.

La Corte resolvió que el artículo 51 de la Ley del Infonavit es inconstitucional, pues el hecho de dar aviso sobre la existencia de incapacidad dentro de un plazo, no puede estar por encima de la garantía de acceso a la vivienda.

La Primera Sala del alto tribunal subrayó que el disfrute de esta garantía, al ser un derecho fundamental reconocido al trabajador, "no puede quedar supeditado o cancelado por no cumplir un requisito de mera forma".

Añadió que la consecuencia de no cumplir con este plazo, no puede llegar al extremo de hacer negatorios los beneficios de liberación del crédito de vivienda o el otorgamiento de una prórroga sin causa de intereses, por lo que la norma es inconstitucional.

Los ministros revocaron una sentencia emitida por un tribunal colegiado de Circuito y otorgaron el amparo a un trabajador, por considerar que el citado precepto transgrede la garantía de acceso a la vivienda, contenida en el artículo 123 constitucional.

Dicho artículo, explicaron, no establece un plazo preciso en el que debe darse el aviso correspondiente, y por ello determinaron que con independencia de que se dé o no esa circunstancia, no debe conducir a la pérdida del derecho de la seguridad social.



KC

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