Respuestas

Ley vs. sentido común

2010-08-06

¿Que si la familia y el matrimonio monógamo y heterosexual son conceptos forzosamente...

Paz Fernández Cueto, Reforma.com

La discusión en el pleno de la Corte acerca de la constitucionalidad de la reforma de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en torno a la modificación del matrimonio como una institución que abarque la unión de personas del mismo sexo se llevó a cabo entre formas y formalismos sin llegar la mayoría de las veces a la sustancia del problema. Desde una perspectiva que pareciera exclusivamente leguleya, los ministros que la aprobaron centraron sus argumentos en lo que a su parecer fuera la interpretación estricta de la ley, dejando a un lado razonamientos de sentido común, característica poco relevante a juzgar por las últimas resoluciones de la SCJN. La esquizofrenia existencial que sufren algunos fue expresada por el ministro Gudiño Pelayo cuando argumentando a favor expresara: "yo me quisiera separar aquí de lo que me parecería correcto o no", como si a continuación lo que fuera a definirse como constitucionalmente válido, es decir, el matrimonio entre personas del mismo sexo, no fuera necesariamente lo correcto.

Me pregunto si los señores ministros se cuestionaron la trascendencia que tendrá semejante resolución, al tratarse de una cuestión sustantiva, es decir, de una discusión en la que se están definiendo conceptos y garantías, instituciones constitucionales y sus alcances.

El lesbianismo y la homosexualidad, como argumentara el ministro Aguirre Anguiano, no es tema novedoso en la humanidad, basta recordar la isla de Lesbos de la Grecia Antigua por el estilo de vida sexual de sus habitantes, distinto ciertamente del que respaldaba la figura jurídica reconocida del matrimonio, cuyo invariante a través de los siglos ha hecho referencia a la unión de un hombre y de una mujer, es decir, a dos individuos sexualmente distintos y complementarios. No existen evidencias para sustentar la transformación de una figura en otra, ni para afirmar que se trata de un concepto mudado con el tiempo simplemente por razón de preferencia, sentando el precedente de instituir la preferencia como marco normativo de conducta y desbancando conceptos al parecer tan anticuados como el deber ser.

La ley civil asimiló el matrimonio a un contrato en su ánimo secularizador, pero su esencia es la de ser una institución cuidadosamente destilada con el tiempo, de aceptación social generalizada, que otorga derechos a los cónyuges pero cuya regulación se fundamenta en el fin ulterior que busca el Estado en el matrimonio, es decir, garantizar la perpetuación de su población en un entorno que garantice a la prole seguridad y permanencia.

Me pregunto si los señores ministros se cuestionaron la trascendencia que tendrá una resolución semejante. Parecen olvidar que el papel de la ley en una democracia -la cual suponemos querer sostener- no es simplemente un papel de prohibiciones y permisos mínimos, en el más estricto sentido liberal, sino que la ley también juega un papel formativo y educativo de la conciencia social, así sea ése el propósito concreto de cada ley o no. Es evidente que desde el momento en que esta figura sea incorporada al marco jurídico, aunque no sea obligatoria para nadie, irá transformando la conciencia colectiva y debilitando aún más la institución matrimonial, al apartarla de su esencia y fines específicos.

Nuestra Constitución, en su artículo tercero, ofrece un concepto por demás importante de lo que debemos entender por democracia, al mencionar que la educación que imparta el Estado debe ser democrática: "considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo".

Si consideramos, en palabras del ministro Aguirre Anguiano, que el matrimonio es una institución pública con la que el Estado garantiza la preservación de su elemento constitutivo más importante (el humano; la perpetuación de la especie), extender la institución del matrimonio a las uniones entre personas del mismo sexo provocará una amenaza real para la subsistencia del Estado, basado en la familia como expresamente lo señala el artículo cuarto de la Constitución.

¿Que si la familia y el matrimonio monógamo y heterosexual son conceptos forzosamente ligados? Preguntémonos mejor cómo haremos para procrear la especie humana si no es a través de la unión -matrimonial o no- entre un hombre y una mujer, para posteriormente cuestionarnos si no es verdad que el matrimonio, en su afán protector de la estabilidad familiar, garantiza la estabilidad social y la subsistencia del Estado.



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