Nacional - Seguridad y Justicia
La SCJN avala efectos legales de retenes militares
Jorge Carrasco Araizaga
MÉXICO, D.F., (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a un narcotraficante que alegaba la inconstitucionalidad de las acusaciones penales obtenidas en los retenes carreteros instalados por el Ejército Mexicano.
El pleno de ministros decidió por seis votos a tres que no procede el amparo directo contra actos que no formen parte del proceso penal o de la integración de la averiguación previa.
Sin poner en duda la constitucionalidad de los retenes, la mayoría de ministros decidió avalar los efectos legales que se deriven contra quienes sean detenidos en éstos.
Con esa decisión, la Corte evitó que se pusieran en entredicho los retenes que forman parte de los operativos ordenados por el actual gobierno federal en contra del narcotráfico.
El amparo había sido solicitado por la defensa de oficio de Gustavo Medina Campos, quien en 2001 fué detenido por un capitán del Ejército en un retén en la carretera federal 54, en el tramo Guadalajara-Zacatecas.
El militar, adscrito a la XI Zona Militar, detuvo a Medina por transportar 270 paquetes de marihuana en un tractocamión.
La defensa del acusado sostenía que los retenes militares violan las garantías individuales previstas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, del que México forma parte.
Consideraba que por ello las pruebas de la acusación carecían de eficacia probatoria.
EEM
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