Nacional - Seguridad y Justicia

Revisará SCJN responsabilidad penal de los adictos a drogas

2009-09-07

La ministra añadió que la legislación ya

México (Notimex).- La Suprema Corte de Justicia resolverá si los farmacodependientes deben ser considerados penalmente responsables de posesión de drogas o tienen que ser tratados como enfermos, según acuerdos internacionales firmados por México en materia de derechos humanos.

Con seis votos a favor y cuatro en contra, el tribunal dio entrada a un amparo y aceptó analizar el tema, en el que se retomará la discusión sobre la jerarquía de los tratados internacionales con la Constitución, en este caso sobre el derecho al acceso a la salud y la garantía de igualdad de trato.

El amparo al que dio entrada este lunes la SCJN es uno de cinco recursos promovidos en los que los quejosos reclaman que por ser adictos a sustancias, no debieron ser consignados por posesión de droga ante el Ministerio Público, pues argumentaron que esa disposición considera un delincuente al farmacodependiente.

Al emitir su voto a favor del proyecto, la ministra Olga Sánchez Cordero hizo referencia a las reformas sobre la posesión de droga, en las que se define que el Ministerio Público no ejercerá acción penal de acuerdo a las tablas establecidas por el Poder Legislativo de acuerdo al tipo de droga.

La ministra añadió que la legislación ya "está considerando al farmacodependiente como un enfermo" y que la intención del Congreso es compatible con el sentido del proyecto de resolución elaborado por Ramón Cossío Díaz, quien propuso amparar a los quejosos.

Al declarar procedente la impugnación al Artículo 199 del Código Penal Federal, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aceptaron analizar el tema en el que se puntualizará si a la farmacodependencia se le debe dar el trato de enfermedad o como una excusa absolutoria de un delito.

Genaro Góngora Pimentel opinó que no se pueden criminalizar las enfermedades y por consiguiente a los farmacodependientes y recalcó que aunque la forma en que se interpuso el amparo es equivocada, la SCJN puede suplir la queja, es decir, corregir los errores de la demanda.

Añadió que no puede existir discriminación por razón de salud y que los tratados internacionales en materia de derechos humanos que México ha suscrito "son parte esencial de la Constitución, no por abajo ni por encima de ella, sino que es su misma esencia por ser esencia de la democracia".

Sergio Valls, por el contrario, expuso que nada puede estar por encima de la Constitución, y que si la farmacodependencia es causa de exclusión de delito o de responsabilidad no es excusa absolutoria y que es bien conocido que los traficantes de droga utilizan al farmacodependiente para la venta de narcóticos.

En este sentido coincidieron los ministros Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela y Juan Silva Meza, quienes plantearon que la revisión del amparo por la Corte era improcedente y votaron contra el proyecto que presentó Ramón Cossío. 



KC

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