Turismo

Constitucional, la Ley General de Turismo, determina la Corte

2013-01-22

Por el otro, añadió, tiene facultades residuales, pero para legislar en el...

México, (Notimex).- Por mayoría de seis votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional la Ley General de Turismo que emitió el Congreso de la Unión, durante el estudio de la resolución de la controversia constitucional 71/2011 promovida por el gobierno capitalino.

En el considerando sexto del proyecto presentado por el ministro Franco González Salas, se estableció que el Congreso de la Unión mantiene una doble característica o presencia legislativa, en la que por un lado es un órgano federal nacional.

Por el otro, añadió, tiene facultades residuales, pero para legislar en el ámbito local en aquello que no está expresamente conferido a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

El ministro ponente recordó que el recurso fue presentado por el jefe de gobierno capitalino contra la promulgación de la Ley General de Turismo y se reformaron algunas fracciones del Artículo 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal contra el Congreso de la Unión, el Presidente de la República y otras autoridades.

El ministro retomó criterios de la controversia constitucional 31/2006 y concluyó que la facultad que tiene el Congreso de la Unión para legislar en materia de turismo hoy es diferente a la que tenía originalmente, de la que quedó excluido para el Distrito Federal.

Es decir, agregó, se le dio una facultad como órgano federal y como órgano nacional y no como órgano legislativo para la ciudad de México con la reforma por la cual se introdujo en el Artículo 73 la fracción XXIX, inciso k, para otorgar al Congreso de la Unión facultades expresas para legislar en materia de turismo.

Esa facultad, dijo, es para establecer las bases generales de coordinación de las autoridades concurrentes entre la Federación, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores privado y social.

Al respecto, la mayoría de los ministros coincidió que actualmente el Congreso de la Unión tiene facultades para expedir una ley general bajo esta modalidad que se introdujo para darle facultades como órgano federal y nacional en materia de turismo, mismas que no tenía expresamente antes de esta reforma.

Aclaró que el Congreso de la Unión participó y expidió diversas leyes, argumentando que éstas derivaban de las facultades que le otorgaba la fracción X del Artículo 73 constitucional es decir, en materia de comercio.

Posteriormente esto se adicionó diciendo que también sus facultades surgían de las facultades en materia de regulación económica, de rectoría económica del Estado y de planeación nacional, puntualizó.



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