Summum de la Justicia

Represión, Constitución y fuerza pública

2013-09-14

Quienes violan el orden público, y buscan impunidad para sus faltas y delitos, acostumbran...

Autor: SALVADOR I. REDING VIDAÑA 

¡No a la represión "del pueblo"! ¡No al uso de la fuerza pública contra "el pueblo", especialmente por el ejército! Estas frases y otras similares, se gritan para que el gobierno, local y/o federal, no se sirva de la policía para imponer el orden, en un medio en que la comisión de delitos del orden común es flagrante y repetitiva.

Los eventos de hace muchos años, el 68 y el Jueves de Corpus, han marcado la conciencia nacional mexicana sobre el abuso de la fuerza del Estado contra las manifestaciones públicas. Otros abusos más recientes se suman para que el país vea siempre con malos ojos el uso de la fuerza del Estado. Pero cuando el recurso a dicha fuerza pública se ha utilizado correctamente, ello escapa a la conciencia o memoria colectivas.

El dar impunidad a delincuentes, por prudencia, bajo el supuesto de que se evitan males mayores, es contrario a Derecho, pero se hace. Lo que pasa a veces es confundir o disfrazar la debilidad y el miedo, y el cuidado de la imagen, con la prudencia. También se cae en el error de juicio de cuál es el mal menor.

Claro que la Autoridad tiene cierto margen de discrecionalidad, y además la persecución de los delitos que obedecen a denuncia de parte, da margen a que legalmente la Autoridad no actúe frente a la revuelta y desorden. Muchas veces se olvidan de la flagrancia del delito, que los obligaría a imponer el orden, y ya después, si no hay acusaciones de perjudicados, dejar en libertad (con las reservas de ley) a los detenidos. Pero hay casos en que la Autoridad debe actuar de oficio, como en daño a bienes del mismo Estado, y allí, la inacción, el no uso de la fuerza pública para detener las acciones delictivas, no tiene justificación.

No olvidemos que la discrecionalidad bien entendida, permite a la Autoridad resolver conflictos sociales con "soluciones políticas"; pero lo que no debe hacerse es dar impunidad, "perdonar" delitos, pues esto crea efectos de bola de nieve en nuevos delitos, confiando en obtener impunidad, a veces como chantaje al Estado. La medida "política" y el castigo al delito no se oponen, se complementan.

Las zonas limítrofes entre la obligación de aplicar la ley frente al delito flagrante (o la falta administrativa a reglamentos de gobierno) y la verdadera prudencia, para encontrar soluciones políticas a conflictos sociales manchados con la presunta comisión de dicho delito flagrante, pueden ser difíciles de definir. Pero cuando es claro que los derechos de terceros están siendo afectados, y existen daños irrefutables a la propiedad pública y/o privada, la duda no existe: el Estado debe aplicar la ley, detener y someter los presuntos delincuentes a la Justicia.

Toda persona investida con el poder Ejecutivo en los tres niveles, jura "guardar y hacer guardar la Constitución Política y las leyes que de ella emanan". Esto los obliga a ejercer el poder cuando, entre otras cosas, las disposiciones de esa Constitución y demás leyes se violan a nivel delincuencial. El juramento no dice que la Constitución la harán guardar siempre y cuando su personal "prudencia" les diga que se hagan tontos y otorguen impunidad a los delincuentes.

Quienes violan el orden público, y buscan impunidad para sus faltas y delitos, acostumbran gritar ¡no a la represión! para evitar que el Estado utilice legítimamente la fuerza pública para someterlos, detenerlos y consignarlos. Para cuidar su imagen pública, los responsables del Ejecutivo caen en el juego y dejan impunes a los revoltosos. No actúan así cuando una persona o pequeño grupo cometen un delito, los detienen y consignan a la Justicia. Pero si es un grupo polítizado o con liderazgo basado en causas que pueden ser justas, la Autoridad evita cumplir su obligación jurada: "cumplir y hacer cumplir..." Olvidan que el fin no justifica los medios.

Hay otra causa de la inacción de la Autoridad, aparte de una "prudencia política", y es simple y llanamente debilidad de carácter, miedo, incapacidad de decisión. Todo esto sucede y es peor aún. Cuando los delincuentes ven esta actitud, saben que gozarán de impunidad y podrán reírse de las Autoridades.

El recurso al término ¡represión! lo respaldan organizaciones, medios de comunicación y personeros que buscan desprestigiar o amedrentar a las Autoridades, y se suman a los gritos de los revoltosos delincuentes; lo que en efecto logra intimidar al Ejecutivo en el cuidado de su buena imagen.

El uso legítimo de la fuerza pública ante desórdenes con la comisión de delitos tipificados, y el abuso o mal uso de la misma, cuando el mismo Estado viola los derechos constitucionales de las personas, tiene sin duda zonas oscuras, pero la mayoría de las veces es clara. Se recurre a la fuerza del Estado para imponer orden, tal como lo merece la población afectada.

La sociedad tiene legítimo derecho a esperar que el Ejecutivo recurra a la fuerza pública de que dispone para imponer orden, y cada vez que por debilidad o miedo, o un error de juicio del "mal menor", los funcionarios evaden su responsabilidad, se crean precedentes acumulativos para que grupos de revoltosos – delincuentes hagan lo que les venga en gana, confiados en que la Autoridad se cruzará de brazos y tendrán absoluta impunidad. La sociedad no se lo merece.

A nadie en su juicio gusta la violencia en general y del Estado en particular. Pero cuando hay gente violenta actuando impunemente frente a los ojos de todos y el Estado se vuelve "prudente" y los deja continuar su violencia, la sociedad tiene todo el derecho de exigir a los responsables el legítimo uso de la fuerza para acabar con la violencia callejera de delincuentes disfrazados de defensores de causas sociales; y claro sin represión ni abuso de la fuerza, todo dentro de la Ley.



JMRS

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