DEL DICHO AL HECHO
La desinformación en el revocatorio de López Orador
En su artículo 60, la Ley de Revocación de Mandato establece que, si los resultados de la jornada indican que procede la revocación, el titular de la Presidencia de la República se entenderá separado definitivamente del cargo cuando el Tribunal Electoral emita la declaratoria de revocación.